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Impuesto sobre activos no productivos

 

Este nuevo impuesto, aplicable desde el 2017, pero que estaba en el congelador porque fue recorrido por el estado al tribunal constitucional, finalmente ha comenzado a andar. El alto tribunal ha dado la razón a la Generalitat y por tanto el impuesto es constitucional.

 

El objetivo del nuevo impuesto que entra en vigor es disuadir a los propietarios, socios o partícipes de una sociedad de tener activos que deberían ser propiedad de personas físicas y no de personas jurídicas.

Este mes de noviembre obligará a las empresas que tengan bienes que no formen parte de su base productiva, a liquidar este impuesto.

 

Los bienes que la administración consideran que son susceptibles de ser considerados no productivos son:

  • Inmuebles, no afectos a ninguna actividad.
  • Vehículos con más de 200cv.
  • Embarcaciones de ocio.
  • Aeronaves.
  • Objetos de arte y antigüedades.
  • Joyas.

Los activos que se muestran en la lista anterior se podrán considerar como «improductivos» cuando su uso esté destinado a fines privados, salvo que forme parte de una retribución en especie u otros casos que establece la Ley al respecto, por ello es importante que un asesor fiscal le pueda clarificar cualquier duda y evitar sorpresas desagradables.

 

La cuota del impuesto se determina por aplicación de la siguiente escala en la base imponible:

Es un impuesto que se liquidará anualmente, en el mes de junio. Pero este año, excepcionalmente se liquidará respecto los ejercicios 2017, 2018 y 2019 durante este mes de noviembre.

 

Estamos a su disposición para aclararte las dudas que pueda tener. Si desea estar tranquilos, póngase en contacto con nosotros y estaremos encantados de ayudarle.