Como cada año por estas fechas, les recordamos que estamos que estamos a su disposición para el asesoramiento y gestión del IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y EL PATRIMONIO correspondiente al ejercicio 2025.El plazo de recepción de declaraciones lo hemos iniciado ya y lo finalizaremos el día 26 de junio. Y para evitar prisas y aglomeraciones de última hora les recomendamos llamar, pedir por Montse o Marga, para concretar la manera más cómoda de solucionar el trámite.
Nuestro horario de oficina es de 8 de la mañana a 5 de la tarde. Fuera de este horario, le atenderemos gustosamente si nos avisa con antelación.
DOCUMENTACIÓN ORIENTATIVA RENTA 2024(*)
- DNI de los miembros de la unidad familiar (incluidos los hijos menores de 14 años y ascendientes con derecho a deducción).
- Declaración de renta del 2024 si no la realizó en nuestro despacho. O, en el caso de no haberla realizado, un número de cuenta bancaria para poder pedir los datos fiscales.
- Validación de su domicilio con la referencia catastral, y si es de alquiler el DNI del propietario.
- Certificados del trabajo, o del paro, de la pensión o la baja por enfermedad.
- Certificados bancarios de intereses, letras del Tesoro, Bonos, dividendos de acciones, etc.
- Referencia catastral de su vivienda habitual, tanto si es de propiedad, como si vive de alquiler, o en el piso de un familiar.
- En el caso de ventas de inmuebles, fincas, parkings, etc. Necesitamos la escritura de compra inicial y los gastos de la compra, así como la fecha y el importe de la venta y gastos de la misma, si los hubiere.
- En el caso de ventas de acciones, criptomonedas, o participaciones en sociedades, tanto si cotizan en bolsa como si no, necesitamos el importe y la fecha de compra y la fecha y el importe de la venta.
- Cualquier otro ingreso recibido durante el ejercicio 2025: Alquileres cobrados, comisiones, reintegro de planes de ahorro, o de pensiones, indemnizaciones, ayudas o subvenciones, etc…
- Recibos del IBI, incluido parkings, trasteros y terrenos, de los que sea propietario.
- Si paga hipoteca de su vivienda habitual, adquirida con anterioridad al 2013, recibos del ejercicio 2025 o certificado bancario.
- Si vive de alquiler, recibos del 2025 y contrato.
- Si tiene hijos menores de 3 años y ha recibido la ayuda estatal de 100€ mensuales, relación de los meses cobrados. Ho si ha cobrado la ayuda de familia numerosa, el importe cobrado.
- Si tiene hijos menores de 18 años que han obtenido rentas, documentación del rendimiento correspondiente.
- Si tienen hijos mayores de 18 años que convivan en la unidad familiar, justificante del ingreso percibido y conocer si han realizado declaración de renta o confirmado el borrador.
- Justificante de las aportaciones a planes de pensiones.
- Recibos de cuotas sindicales y/o partidos políticos.
- Recibos o certificados de donativos a entidades sin fines lucrativos.
- Recibos o gastos de defensa jurídica, para litigios con la empresa donde trabaja.
- Otras circunstancias familiares que hubieren podido producirse durante el ejercicio 2025: Convenios de separación o divorcio, cambios de situación civil, cambios en la unidad familiar por nacimientos, defunciones, convivencia efectiva con padres o hijos, pensiones compensatorias a exparejas o por hijos, variaciones de custodia, etc..
- Reformas de la vivienda habitual o viviendas alquiladas o para alquilar, que proporcionen una mayor eficiencia energética. Es necesario disponer de un certificado de eficiencia energética anterior a la reforma y otro posterior, así como la factura de la reforma o de instalación de placas solares.
- Compra de vehículos eléctricos, o puntos de recarga, Justificante de la inversión.
- Cualquier otro documento que crea que puede tener algún interés.
SI ES EMPRESARIO/A O PROFESSIONAL Y/O PROPIETARIO/A DE BIENES ALQUILADOS.
- Pagos trimestrales (130/131, 303 y 390) si no están en nuestro despacho.
- Libros oficiales de 2025 (ingresos, gastos, bienes de inversión) si no están en nuestro despacho.
- Si tributan por Módulos, justificante de los diferentes módulos que afecten a su negocio, si no están en nuestro despacho.
- Para Agricultores; certificados de las retenciones practicadas por los clientes, importe de las subvenciones recibidas y facturas de bienes amortizables, etc.
- Para los propietarios de inmuebles alquilados, justificante de los ingresos del alquiler, así como todos los gastos soportados relativos a los inmuebles alquilados. Si no tenemos copia, es necesaria la escritura de compra o herencia de la propiedad alquilada y el contrato de alquiler.
(*) En negrita los datos que no constan en el borrador y por tanto no los podemos obtener si no nos lo facilitan.

