Obligaciones fiscales

Hacienda comprueba los ingresos al banco según el IVA declarado

La Agencia Tributaria ha vuelto a poner su punto de mira a la tributación del IVA de autónomos y sociedades. En su búsqueda de encontrar incoherencias con la información facilitada por entidades bancarias, Hacienda podría enviar una carta avisando de las discrepancias encontradas y su intención de aclarar esta incidencia. Estas revisiones se harán sólo cuando se detecten un descuadre importante en la declaración del IVA con los movimientos bancarios.

Esta notificación sólo es un toque de atención, no asegura infracción fiscal, pero sí hay que estar preparado para aportar los documentos justificativos ante una posible inspección.

El más común de los casos es cuando los ingresos declarados en las autoliquidaciones del IVA es inferior a la suma de las entradas de fondos a cuentas bancarias. Este escenario se puede justificar debido a operaciones no sujetas a IVA, como los dividendos de filiales, intereses de préstamos efectuados o aportaciones de socios, entre otros.

¿Qué hacer si ha recibido esta carta de la Agencia Tributaria?

Como la carta indica, dicha persona debe presentar la documentación correspondiente en un plazo de 10 días hábiles en la oficina de la Agencia Tributaria. También hay que estar preparado ante una visita sorpresa de Hacienda.

¿Qué documentación se debe aportar?

Ante esta incidencia, la Agencia Tributaria necesita aclarar la discrepancia mediante el extracto de ingresos de las cuentas bancarias o cualquier otro medio de prueba que pueda justificar. Por tanto, se trata de documentar el motivo de estas incoherencias en Hacienda.

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