ActualidadObligaciones fiscales

Nos encontramos dentro del período de liquidación de diversos impuestos correspondientes al 2º trimestre de 2025 por lo que puede tener que tributar:

ANTES DEL DÍA 15 DEBE DE PREPARARSE:

– (111) Retenciones de nóminas, profesionales y agricultores.
– (115) Retenciones de alquileres. (Si no hacemos la contabilidad, necesitamos copias de los recibos de alquiler de abril, mayo y junio)
– (123) Retenciones sobre los dividendos, ingresos de interés y las inversiones.
– (130) Pago a cuenta de la declaración de la renta.
– (303) Liquidación trimestral de IVA.
– (349) Declaración de operaciones con países de la Unión Europea.
– (200) Impuesto de sociedades correspondiente a 2024 y depósito de las cuentas anuales ante el Registro Mercantil (solo para Sl; S.A.; S.A.T.; Cooperativas, Sucursales). Información contenida en el cuadro final

A los clientes que hacemos la contabilidad les recordamos que el día 11 DE JULIO será el último día para hacernos llegar las facturas para entrar la contabilidad dado que el día 15 deben domiciliarse en las entidades bancarias. Y por tanto, para hacernos responsables de un trabajo correcto, necesitamos disponer de la documentación con la suficiente antelación.

Estamos a su disposición para resolver este trámite.