DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS
Nos encontramos dentro del periodo de presentación de un impreso fiscal que usted puede tener que presentar:
ANTES DEL PRÓXIMO 24 DE FEBRERO DEBE DE PRESENTARSE:
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(347) DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS. Esta declaración es obligatoria para todas las sociedades, empresarios, asociaciones y comunidades de propietarios, que durante el año 2024 hubiesen realizado compras, ventas o servicios, con cualquier persona o entidad, por un importe superior a 3005,06.-€ de manera global durante todo el año, incluido el iva i el recargo de equivalencia si lo hubiese.
Debe tener en cuenta:
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Las entidades sin ánimo de lucro también deben de presentarla.
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Los empresarios que liquidan IVA en régimen simplificado, deberán declarar además de los clientes, también los proveedores que superen la cifra antes mencionada.
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Las COMUNIDADES DE PROPIETARIOS también deben de presentar la declaración en relación a sus gastos (excepto consumos) por ejemplo: limpieza, reparaciones, mantenimientos….
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Las subvenciones por importe superior a 3005,06 también deben declararse.

