ActualidadObligaciones fiscales

Como cada año por estas fechas, les recordamos que estamos que estamos a su disposición para el asesoramiento y gestión del IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y EL PATRIMONIO correspondiente al ejercicio 2022.

El plazo de recepción de declaraciones lo hemos iniciado ya y lo finalizaremos el día 27 de junio. Y para evitar prisas y aglomeraciones de última hora les recomendamos llamar, pedir por Montse o Marta, para concretar la manera más cómoda de solucionar el trámite.

Nuestro horario de oficina es de 8 de la mañana a 5 de la tarde. Fuera de este horario, le atenderemos gustosamente si nos avisa con antelación.

 

DOCUMENTACIÓN ORIENTATIVA RENTA 2022(*)

  • DNI de los miembros de la unidad familiar (incluidos los hijos menores de 14 años y ascendientes con derecho a deducción).
  • Declaración de renta del 2021 si no la realizó en nuestro despacho. O en el caso de no haberla realizado, un número de cuenta bancario para poder pedir los datos fiscales.
  • Certificados del trabajo, o del paro, de la pensión o la baja por enfermedad.
  • Ayudas obtenidas por efectos de la pandemia, Erto, Mutua, etc.
  • Certificados bancarios de intereses, letras del Tesoro, Bonos, dividendos de acciones, etc.
  • Referencia catastral de su vivienda habitual, tan si es de propiedad, como si vive de alquiler, o en el piso de un familiar.
  • En el caso de ventas de inmuebles, fincas, parkings, etc. Necesitamos la escritura de compra inicial y los gastos de la compra, así como la fecha y el importe de la venta y gastos de la misma si los hubiere.
  • En el caso de ventas de acciones o participaciones en sociedades, tanto si cotizan en bolsa como si no, necesitamos el importe y la fecha de compra y la fecha y el importe de la venta.
  • Cualquier otro ingreso recibido durante el ejercicio 2022: Alquileres cobrados, comisiones, reintegro de planes de ahorro, o de pensiones, indemnizaciones, ayudas o subvenciones, etc…
  • Recibos del IBI, incluido parkings, trasteros y terrenos, de los que sea propietario.
  • Si paga hipoteca de su vivienda habitual, adquirida con anterioridad al 2013, recibos del ejercicio 2022 o certificado bancario.
  • Si vive de alquiler, recibos del 2022 y contrato.
  • Si tiene hijos menores de 3 años y ha recibido la ayuda estatal de 100€ mensuales, relación de los meses cobrados. Ho si ha cobrado la ayuda de familia numerosa, el importe cobrado.
  • Si tiene hijos menores de 18 años que han obtenido rentas, documentación del rendimiento correspondiente.
  • Si tienen hijos mayores de 18 años que convivan en la unidad familiar, justificante del ingreso percibido y conocer si han realizado declaración de renta o confirmado el borrador.
  • Justificante de las aportaciones a planes de pensiones.
  • Recibos de cuotas sindicales y/o partidos políticos.
  • Recibos o certificados de donativos a entidades sin fines lucrativos.
  • Recibos o gastos de defensa jurídica, para litigios con la empresa donde trabaja.
  • Otras circunstancias familiares que hubieren podido producirse durante el ejercicio 2022: Convenios de separación o divorcio, cambios de situación civil, cambios en la unidad familiar por nacimientos, defunciones, convivencia efectiva con padres o hijos, pensiones compensatorias a exparejas o por hijos, variaciones de custodia, etc..
  • Reformas de la vivienda habitual o viviendas alquiladas o para alquilar, que proporcionen una mayor eficiencia energética. Es necesario disponer de un certificado de eficiencia energética anterior a la reforma y otro posterior, así como la factura de la reforma o de instalación de placas solares.
  • Cualquier otro documento que crea que puede tener algún interés.

 

SI ES EMPRESARIO/A O PROFESSIONAL Y/O PROPIETARIO/A DE BIENES ALQUILADOS.

  • Pagos trimestrales (130/131, 303 y 390) si no están en nuestro despacho.
  • Libros oficiales de 2022 (ingresos, gastos, bienes de inversión) si no están en nuestro despacho.
  • Si tributan por Módulos, justificante de los diferentes módulos que afecten a su negocio, si no están en nuestro despacho.
  • Para Agricultores; certificados de las retenciones practicadas por los clientes, importe de las subvenciones recibidas y facturas de bienes amortizables, etc.
  • Para los propietarios de inmuebles alquilados, certificado de los inquilinos de las retenciones practicadas (si es el caso) así como todos los gastos soportados relativos a los inmuebles alquilados. Si no tenemos copia, es necesaria la escritura de compra o herencia de la propiedad alquilada y el contrato de alquiler.

 

(*) En negrita los datos que no constan en el borrador y por tanto no los podemos obtener si no nos las hacen llegar.