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Abrimos el periodo de presentación de la Declaración de la Renta 2017, hasta el 28 de junio

Hoy, lunes 7 de mayo, empezamos el periodo de campaña de la declaración de la renta 2017. Los contribuyentes que quieran presentarla, pueden contactar con nosotros de las 8 de la mañana hasta las 5 de la tarde a través del teléfono 977 322 797 (pedir por Montse o Marta). El plazo de recepción de declaraciones del acabamos el 28 de junio. Recomendamos concertar día y hora antes posible para evitar prisas y aglomeraciones de última hora.

Si nuestro horario de oficina no le fuera compatible, puede concertar cita fuera de esta franja si nos avisa con antelación.

Quién está obligado a presentar la declaración de la renta?

En términos generales, están obligados a hacer la declaración de la renta todos los contribuyentes residentes en España que perciban más de 22.000 € anuales (siempre que provengan de un solo pagador) o bien superiores a 12.000 € anuales (cuando provengan de más de un pagador).

También se incluyen rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales (límite de 1.600 €), rentas inmobiliarias, rendimientos de Letras del Tesoro Público y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial (límite 1000 € anuales).

Se excluyen las personas que hayan obtenido rendimientos de trabajo, de capital o de actividades económicas / patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 € o quien haya tenido pérdidas patrimoniales inferiores a 500 €.

Toda la información en la web de la Agència Tributària Espanyola.

Documentación necesaria para realizar la declaración de la renta 2017

A continuación detallamos los documentos necesarios para presentar la declaración de la renta de 2017.

Trabajadores por cuenta ajena o pensionista

  • DNI (original o fotocopia) de los miembros de la unidad familiar, los hijos mayores de 14 años y ascendientes con derecho a deducción sólo el número.
  • La declaración de la renta del año anterior (2016) en caso de no haberla hecho en nuestro despacho. En caso de no haberla presentado, el número de cuenta bancaria.
  • Borrador y / o datos fiscales del 2017, en caso de haberlo recibido de Hacienda.
  • Certificados del trabajo o del paro, de la pensión o la baja por enfermedad o maternidad.
  • Certificados bancarios de intereses, letras del Tesoro, Bonos, dividendos de acciones, etc.
  • Referencia catastral de su vivienda habitual, ya sea de propiedad, como si vive de alquiler, o en el piso de un familiar (se puede encontrar en el recibo municipal del IBI).
  • En el caso de ventas de inmuebles, fincas o parkings, necesitamos la escritura de compra inicial y los gastos de la compra, así como la fecha y el importe de la venta y los gastos pagados.
  • En el caso de ventas de acciones o participaciones en sociedades, tanto si cotizan en bolsa, como si no, necesitamos la fecha y el importe de la compra y la fecha y el importe de la venta.
  • Cualquier otro ingreso recibido durante el año 2017: alquileres cobrados, comisiones, reintegros de planes de ahorro, de pensiones, indemnizaciones, etc.
  • Recibos de Contribución urbana, IBI. (Incluido de parkings, trasteros, terrenos) de los que seáis propietarios.
  • En caso de pagar hipoteca de la vivienda habitual, adquiridos con anterioridad al 2013, recibos del ejercicio 2017 o certificado bancario.
  • Si vive de alquiler, recibos de 2017 y contrato.
  • Si tiene hijos menores de 3 años y ha cobrado la ayuda estatal de 100 € mensuales, la relación de los importes y meses cobrados, si ha cobrado la ayuda de familia numerosa, el importe cobrado.
  • Si tiene hijos menores de 18 años, que hayan obtenido algún tipo de ingreso, documentación del rendimiento correspondiente.
  • Si tiene hijos mayores de 18 años que conviven con la unidad familiar, justificante o conocer sus ingresos, si han hecho declaración o han confirmado el borrador, o en caso de que no lo sepan, un número de cuenta bancaria a su nombre, y copia del DNI, para poder pedir su borrador.
  • Acuse de las aportaciones a planes de pensiones.
  • Recibos de cuotas sindicales y / o partidos políticos.
  • Recibos o certificados de los donativos efectuados.
  • Recibos de gastos de defensa jurídica, por litigios con la empresa donde trabaja.
  • Otras circunstancias familiares durante el 2017: Descuento en la compra de vehículos Plan Prever / Pive, convenios de separación o divorcio, cambios de situación civil, cambios en la unidad familiar, para nacimientos, defunciones, convivencia efectiva con padres o hijos, pensiones compensatorias a ex parejas o hijos, variaciones de custodia, etc. Cualquier otro documento que crea que puede tener algún interés.

Personas empresarias y / o propietarias de bienes alquilados

  • Pagos trimestrales (130/131, 303 y 390) si no están en nuestro despacho.
  • Libros oficiales de 2017 (ingresos, gastos, bienes de inversión) si no están en nuestro despacho.
  • Si tributa por módulos, justificantes de los módulos que afecten su negocio, si no están en nuestro despacho.
  • Para agricultores; certificados de las retenciones practicadas por los clientes, justificación de los gastos en gasóleo, fertilizantes, bienes amortizables, eres.
  • Para los propietarios de inmuebles alquilados, certificados de los inquilinos con las retenciones practicadas, y justificante de los gastos ocasionados por las fincas alquiladas.