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Obligaciones fiscales de empresas y profesionales en octubre

Como cada trimestre, repasamos los impuestos que empresas y autónomos deben presentar a la Seguridad Social. La administración da 20 días después del período de liquidación y cuando este cae en fin de semana, se alarga hasta el siguiente lunes, en este caso, hasta el lunes día 22. Sin embargo, es recomendable presentar todos los documentos antes del viernes 19 de octubre.

 

Para evitar sorpresas, se debería presentar los modelos de impuestos necesarios antes del 19 de octubre

Estos son los modelos a presentar, según sea necesario:

 

  • Modelo 111. Retenciones de nóminas, profesionales y agricultores.

El antiguo modelo 110, por el que se declaran las retenciones a trabajadores y profesionales durante el trimestre, es de presentación obligada para todo tipo de empresario o sociedad.

 

  • Modelo 115. Retenciones de alquileres.

Aquellas empresas, profesionales o sociedades que paguen alquileres por inmuebles urbanos como locales u oficinas deben presentar el modelo 115, con la declaración de las retenciones por alquileres. Quedan exentos los alquileres de vivienda o cuando estos no superen los 900 € anuales al mismo arrendador.

Los clientes que no realicen la contabilidad con Masdeu Asesoría deberán presentar copias de los recibos de alquiler del último trimestre (julio, agosto y septiembre).

 

  • Modelo 123. Retenciones sobre los dividendos, ingresos de interés y las inversiones.

El modelo 123 es la declaración sobre la que autónomos, pymes y comunidades de bienes que satisfagan rentas del capital liquiden retenciones de ingresos a cuenta de tres conceptos:

  • El IRPF
  • El Impuesto sobre Sociedades
  • El Impuesto sobre la Renda de no residentes

En los casos que no se produzca rendimiento de capital mobiliario en el último trimestre no será obligatorio la presentación del modelo 123.

 

  • Modelo 130. Pago a cuenta de la declaración de la renta.

El modelo 130 es el modelo oficial para liquidar el pago a cuenta del IRPF, para aquellos que se encuentren en estimación directa. Todos los autónomos y profesionales que realizan una actividad económica, ya sea de forma personal o como socios de comunidades de bienes o civiles (excepto que estas tributen el Impuesto de Sociedades) deben presentar el modelo 130.

 

  • Modelo 303. Liquidación trimestral de IVA.

El modelo 303 corresponde a la declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido, es decir, del IVA. Se trata de un formulario denso pero vital en las obligaciones fiscales de gran parte de los empresarios y profesionales.

 

  • Modelo 349. Declaración de operaciones con países de la Unión Europea.

El modelo 349 informa sobre las operaciones intracomunitarias como adquisiciones y ventas a empresas o profesionales de otros estados miembros de la Unión Europea. Los productos y servicios vendidos a personas particulares no se considerarán operaciones intracomunitarias.

 

  • Modelo 202. Pago a cuenta del impuesto de sociedades.

El pago fraccionado del Impuesto sobre sociedades es una obligación tributaria para sociedades que superen una cifra de negocios de 6 millones de euros (independientemente del beneficio) o bien las que hayan obtenido un resultado positivo.

 

  • Modelo 950. Impuesto sobre pernoctaciones en establecimientos hoteleros.

Finalmente, el modelo 950 se trata de la declaración de impuestos sobre estancias en establecimientos turísticos.